Outis Polifemo
Apuntes sobre filosofía del derecho
Las constituciones de los Estados-Nación se crearon para imponer un tope a los soberanos de dichos territorios, para controlar los excesos de sus gobiernos y también para cuestionar la legitimidad de la justificación religiosa para ejercer el poder sobre un pueblo. Sin embargo, estas constituciones fueron establecidas bajo el predominio de la violencia y la ausencia de derecho, es decir, bajo el estado de excepción.
El estado de excepción constituye un momento, una temporalidad en que el ser humano se encuentra desnudo frente a los avatares de la vida natural. Por eso la justificación de la existencia del Estado se refiere a la protección de los cuerpos humanos. Cuando el estado de excepción irrumpe se cree, -como lo describe el filósofo Giorgio Agamben en su Homo sacer- es un momento que debería superarse en poco tiempo, tiempo en el que al no haber estado de derecho, los derechos humanos se suspenden y quedan sometidos a la decisión soberana. Es decir que se nos puede dar muerte sin que exista alguna consecuencia legal, pero sobre todo, porque no hay quien lo impida, y sí alguien que quiere darnos esa muerte.
Ayotzinapa, Tlatelolco, la desaparición forzada y el México feminicida se enmarcan y definen dentro del próximo día de muertos, la consigna lo dice: “En México, todos los días son de muertos”. Esos acontecimientos se enlistan dentro de lo que se llama dispositivo disciplinario; cuando algo pasa con frecuencia se vuelve ley, como la costumbre (fuente formal del derecho), así también la muerte violenta sacrificial, de la que supuestamente nos rescató la conquista (el Estado moderno y la religión católica), se vuelven normales. Son dispositivos disciplinarios; es decir que se nos genera inmunidad psicológica para soportar esta vida de mierda, esta comida de mierda, este gobierno de mierda, este sistema económico de mierda.
La inmunidad viene sobre todo de que la excepción se vuelve regla. La regla es que todos los días podemos ser asesinados sin que alguien lo impida, caso específico el de los normalistas de Ayotzinapa, en el que dos poderes soberanos, es decir, los que tienen el monopolio de la violencia legal (Estado) e ilegal (narco), trabajaron conjuntamente para asesinar a los normalistas. Y caso específico de excepción soberana, el de la masacre de Tlatelolco en el que un presidente declaró estado de excepción para dar muerte a cientos de estudiantes.
Los miles de casos de feminicidio y desaparición forzada en México sustentan la tesis sobre el estado de excepción eclipsando al estado de derecho, es decir, que el poder “soberano” del Estado, definido con ayuda de la scala praedicamentalis (primer herramienta científica de definición), sí tiene género próximo, es decir, un poder que está arriba de la soberanía nacional.
Todo lo anterior puede explicarse, entonces, reubicando al estado de excepción, el poder constituyente y el estado de naturaleza fuera de un marco temporal limitante, y ubicándolos como la forma primaria de la naturaleza humana, es decir, la dialéctica en su máxima expresión con una muy lejana síntesis (solución) de estas problemáticas. Sobre todo explicar que la supuesta civilización occidental no eliminó la barbarie al momento de las grandes expansiones greco-romanas con el sustento intelectual de sus filósofos y la invención del ius naturalismo que consagró al hombre desnudo como un ser sagrado y al mismo tiempo sacrificable, rito que sigue existiendo hasta nuestros días y que probablemente desaparezca con los dos últimos soplos del ser humano en el planeta para aniquilarse mutuamente.
Fotografía: Outis Polifemo.
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