José Enrique Rojas González /
Toluca, México; 14 de noviembre de 2021. Ningún reprobado, acreditación de alumnos hasta que se reincorporen al servicio educativo y baja del sistema de control escolar de aquellos estudiantes que no han tenido comunicación con el docente, son los principales criterios de evaluación que la Secretaría de Educación Pública emitió para el personal docente en esta semana.
Con fecha de 10 de noviembre de 2021, la SEP emitió el “Oficio No. DGAIR-DGDC/391/2021”, firmado por María del Carmen Salvator Bronca, directora general de Acreditación, Incorporación y Revalidación; y por Claudia Izquierdo Vicuna, directora general de Desarrollo Curricular. En el documento se especifican 13 criterios que los docentes deberán aplicar en el primer periodo de evaluación en educación básica y media superior.
El difuso documento indica lo que el colectivo docente ya esperaba y que ha causado polémica y descontento en el gremio: la calificación mínima que se podrá asentar será de seis, a pesar de que los estudiantes evaluados no hayan entregado ninguna evidencia de aprendizaje y no hayan tenido comunicación con el docente en el primer trimestre del ciclo escolar 2021-2022, que la SEP destinó para la “recuperación” de los estudiantes que no lograron adquirir los aprendizajes esperados del ciclo escolar pasado.
“La calificación mínima que deberá registrarse en las boletas de evaluación de los educandos del nivel educativo de primaria y secundaria que hayan sido valorados por el docente, no podrá ser inferior a 6 [...] En ningún caso, podrá frenarse el tránsito educativo de grado o nivel en educación básica respecto de aquellos educandos que cursaron el ciclo escolar 2020-2021 al 2021-2022 [...]”.
El documento también especifica que los estudiantes que no hayan sido evaluados en el presente ciclo escolar y que no se hayan presentado a clases presenciales o a distancia, no serán acreditados hasta que se reincorporen al servicio educativo. También, el criterio décimo segundo especifica que los estudiantes que no hayan presentado ninguna evidencia de aprendizaje en el ciclo escolar pasado ni en el actual, y que no hayan tenido comunicación con el docente, serán dados de baja del sistema de control escolar.
El criterio de acreditación automática de los alumnos ha causado descontento entre algunos docentes ya que implica que la evaluación se fundamenta en la presencia física o virtual y no en el desarrollo de aprendizajes por parte de los alumnos. De tal suerte, con que un estudiante haya asistido un día a clases presenciales o a distancia, y haya enviado al menos una evidencia de trabajo en clase o de trabajo trimestral (esto es, por lo menos una fotografía de un apunte o de notas en su libreta), deberá ser acreditado por el docente, con fundamento en el “interés superior de la niñez”; esto es, los alumnos pasan por calentar butaca.
La disposición de la SEP tiene, en teoría, el objetivo de frenar la deserción escolar en el nivel básico que, de acuerdo con la secretaria de Educación Delfina Gómez Álvarez, era del 2.5 por ciento para el presente ciclo escolar en todos los niveles educativos. Sin embargo, en la práctica lo que se fomenta es la mediocridad de los alumnos y delega toda la responsabilidad de la acreditación y del aprendizaje de los discentes en el colectivo docente.
Fotografía: José Enrique Rojas González.
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